Se ha establecido el correspondiente régimen sancionador para el incumplimiento de la obligación de utilizar el sistema informático TicketBAI que consistirá en una multa pecuniaria del 20% de la cifra de negocios del anterior ejercicio con un mínimo de 20.000 euros.
Dicha sanción podrá verse incrementada hasta una multa pecuniaria proporcional del 30% de la cifra de negocios, con un mínimo de 80.000 euros, en caso de que ciertas circunstancias se cumpliesen.
Por otro lado, en el caso de retraso en la obligación de llevar los libros registro a través de la Sede Electrónica de la Hacienda Foral de Bizkaia (modelo 240), se establece una multa pecuniaria del 0,5% del importe de la factura (o documento que justifique las operaciones), con un mínimo trimestral de 600 euros y un máximo de 12.000 euros.
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