El calendario de VeriFactu establece 3 fechas. Por un lado, los desarrolladores de sistemas informáticos de facturación disponen hasta el 29 de julio de 2025 para actualizar sus soluciones al cumplimiento del Reglamento y ponerlas a disposición de sus clientes.
Para las empresas, es el 1 de enero de 2026 la fecha tope en la que ya deben tener su sistema de facturación adaptado al Reglamento.
Para los autónomos y comunidades de bienes el plazo se extiende hasta el 1 de julio de 2026.
A partir de estas respectivas fechas, las empresas de software no podrán comercializar programas de facturación no adaptados al RD 1007/2023 y los usuarios no podrán usar software de facturación no certificados.
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