Aunque se retrasa la obligatoriedad en la implantación de la norma, las personas contribuyentes pueden adherirse al sistema de forma voluntaria e incentivada, para autónomos y pymes, a partir del 1 de enero de 2022 con la idea de que se realice una integración progresiva a lo largo de los años 2022 y 2023.
- Permanece la deducción del 30% en cuota íntegra para los gastos e inversiones que se realicen en 2020 y 2021 y se amplía también para las de 2022 y 2023.
- Se incentiva la implantación estableciendo una compensación de hasta el 15% en IRPF o Sociedades para los autónomos, microempresas y pymes que implanten Batuz en 2022 o 2023. Los porcentajes son los siguientes en función del momento de incorporación:
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- 1 de enero de 2022: 15%
- 1 de abril de 2022: 13%
- 1 de julio de 2022: 11%
- 1 de octubre de 2022: 9%
- 1 de enero de 2023: 5%
- 1 de abril de 2023: 4%
- 1 de julio de 2023: 3%
- 1 de octubre de 2023: 2%
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- Estos son los límites en las bases impositivas:
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Microempresas: hasta 2 millones de facturación y 10 empleados.
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Pequeña empresa: hasta 10 millones de facturación y 49 empleados.
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Mediana empresa: hasta 43 millones y 249 empleados.
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- Las deducciones fiscales se aplicarán cuando se presenten las declaraciones de IRPF o IS.
- La adopción voluntaria de Batuz deberá realizarse al comienzo de cada trimestre y para ello será necesario inscribirse en un registro web ad hoc, pendiente de definición. Apuntarse en ese formulario significará que los contribuyentes deben cumplir con los dos primeros pilares de Batuz:
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- La expedición de facturas con el software garante TicketBAI
- La llevanza de los LROE en la sede electrónica.
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