Contenido de Verifactu:
La nueva normativa no altera las obligaciones de facturación ni su contenido; los no obligados a emitir factura no estarán obligados a emitirla.
Ambito de Verifactu:
- Tiene vocación de universalidad.
- Todos los empresarios y profesionales, menos los incluidos en sistema de información inmediata (SII).
- Aplica a todas las facturas emitidas, independientemente de su destinatario ( B2G, B2B у B2C) y del tipo de factura (completa y simplificada).
- Aplica a todo el territorio español
- Aplica a:
- Contribuyentes del impuesto de sociedades, a excepción de los exentos
- Contribuyentes del IRPF que desarrollen actividades económicas
- Contribuyentes IRNR (Renta no residentes) con establecimiento permanente
Excepciones:
- El Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca y las compañías de suministro de energía eléctrica.
- Las empresas que ya están acogidas al Suministro Inmediato de Información (SII), puesto que ya realizan una comunicación de su facturación (Reporting Fiscal).
- Las empresas que presentan sus impuestos en los territorios de régimen fiscal foral de Navarra y el País Vasco.
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